Economía

La Provincia paró las obras de dos loteos que se construyen en la zona de la represa del Ludueña sin autorización

Lunes, 1 de Julio de 2024

Entre las varias irregularidades detecatadas en los emprendimientos inmobiliarios de la localidad de Funes, la más grave era que no tenían los estudios de impacto ambiental que los habiliten a construir  «en una zona inundable y generan potenciales daños ambientales». Instruyeron a los fiscales para que investiguen. 

Con la firma del gobernador Maximiliano Pullaro, el gobierno provincial ordenó la paralización de dos obras de loteos en la zona del embalse y reserva de la represa del Ludueña por una serie de irregularidades, siendo la más grave la falta de un estudio de impacto ambiental que avale que no es riesgoso construir en esa zona por ser inundable. Además,  y en una clara señal politica, el decreto -que lleva la firma de todos los miembros del gabinete provincial- se tomó la decisión de investigar cómo se comercializaban estos terrenos, instruyendo a los fiscales para que «evalúen la pertinencia de iniciar las acciones judiciales».

Se trata de los emprendimientos: uno ubicado en el sector sur de Funes, lindero al norte con la ruta provincial N° 34-S y la Autopista Rosario-Córdoba y al este del Barrio Kentucky) y el otro que se encuentra sobre un camino rural, continuación a calle Galindo, lindante a dos canales históricos y en proximidades de la reserva San Jorge.

Según constn en los considerando de los decretos, una inspección de los ministerios de Ambiente y Cambio Climático y de Obras Públicas constató que se habían iniciado obras sin contar con los estudios de impacto ambiental y certificado hídricos correspondientes. Previamente, en dos oportunidades se había intimado a paralizar las obras, pero no dieron cumplimiento a ello, lo que derivó en la orden de clausura.

Según se viene publicando, el gobierno provincial en la gestión de Omar Perotti ya había establecido no prestar conformidad para la construcción de desarrollos urbanos, que afectan toda la impermeabilización del suelo, hasta que un estudio encargado al Instituto Nacional del Agua (INA) establezca si es factible construir en esa zona. 

Como ese informe final recien estará presentado la semana que viene, esas obras estaban bajo fuera de toda norma la construcción allí. Pero más allá del caso particular, acumulan otras infracciones. Ocurre que para lograr la habilitación para iniciar un desarrollo urbano, lo primero que tiene que tener es el ok de Recursos Hídricos. Y en este caso no lo tenian, con lo cuál debían ser frenados aún si la construcción se hacía en otra zona no riesgosa porque no tenían el certificado de que no eran zonas inundables. 

Una vez obtenido el informe de Hidrica, el emprendedor imobiliario debe gestionar la factibilidad de servicios (por ejemplo la EPE) y que le aprueben el estudio de impacto ambiental por parte del Ministerio de Medio Ambiente, ok que ninguno de los dos loteos tenía.

“Estas medidas sirven para prever situaciones futuras que puedan generar inconvenientes hídricos. Santa Fe ya ha tenido situaciones extremas por no haber tomado las precauciones y las decisiones necesarias para que se puedan evitar”, afirmó el ministro de Ambiente, Enrique Estevez. 

Al respecto, un informe de la Subsecretaría de Planificación Hídrica indica que hay “una serie de irregularidades que, de no ser atendidas, podrían ocasionar daños, tanto para la administración como para los administrados”.

Detalla, entre otras cuestiones, que hay “irregularidades que ponen de manifiesto la necesidad de realizar un estudio de la situación dominial del inmueble donde se pretende desarrollar el proyecto inmobiliario y de todas las propiedades afectadas para la construcción, conservación, mantenimiento, reconstrucción y limpieza de la presa de retención de las crecidas del arroyo Ludueña”.

Y remarca que “hay consideraciones técnicas que hacen inviables los proyectos presentados, los que tienen potencialidad para producir graves perjuicios”.

El informe indica que los desarrolladores realizaron obras sin autorización, las que tienen la capacidad de generar una degradación irreversible del entorno, ya que modifican sustancialmente la topografía del terreno natural, y se insiste en la relevancia ambiental, hídrica e hidrológica del área, lo que demanda tomar todos los recaudos.

Finalmente, el estudio advierte para ambos emprendimientos que “la Cuenca de Aporte del Sistema del Arroyo Ludueña, no se trata solamente de una zona con amenaza de inundación, sino que se trata de un territorio afectado a un embalse, destinado al almacenamiento temporario y lento drenaje para atenuación de las crecidas, afectado explícitamente para que se inunde y donde los procesos hidroambientales son mucho más complejos”, por lo que sugiere “una serie de medidas a implementar ante la gravedad de la situación”.

Ante la contundencia del informe, Provincia -en un decreto que lleva la firma, además del gobernador, de la totalidad de ministros del Gabinete- ordenó la inmediata paralización de las obras y trabajos realizados sin autorización y en contravención con la normativa, y facultó a los ministerios de Ambiente y de Obras Públicas para que den cumplimiento a la medida.

Además se instruyó a Fiscalía de Estado para que evalúe la pertinencia de iniciar las acciones judiciales que correspondan, incluidas las que “tiendan a la recomposición del daño ambiental que se encuentre eventualmente producido y, en caso de que se considere la posible comisión de delitos, de realizar las denuncias penales pertinentes, autorizándose a constituir a la Provincia de Santa Fe como querellante”.

Además, el decreto indica se comunique la decisión al Servicio de Catastro e Información Territorial -SCIT- dependiente del Ministerio de Economía, a los fines de que tome conocimiento de lo dispuesto en el presente y de la situación fáctica que motivó su dictado; a la Municipalidad de la ciudad de Funes a los fines de que tome conocimiento de lo dispuesto en el presente y de la situación fáctica que motivó su dictado; al Ente de Coordinación metropolitana de Rosario (ECOM) y a las Municipalidades de las ciudades de Rosario, Pérez, Granadero Baigorria, del Departamento Rosario, y de Capitán Bermúdez, Fray Luis Beltrán y Roldán, del Departamento San Lorenzo, y a las Comunas de Ibarlucea y Zavalla del Departamento Rosario, y de Luis Palacios, Pujato y Ricardone, del Departamento San Lorenzo, a los fines de que tome conocimiento de lo dispuesto en el presente y de la situación fáctica que motivó su dictado.

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