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Femicidio o legítima defensa: arrancó el juicio por un controvertido caso de la muerte de una travesti en una casa de zona sur

Jueves, 27 de junio 2027 2024

En octubre de 2021, Brandon, nacido como Talía, mató de un puntazo a Sofía Noriega en una vivienda de Batlle y Ordóñez al 200. Para la defensa, el acusado se defendió de un ataque sexual. «Era un vínculo muy inestable de celos mutuos», indicaron. La Fiscalía pidió la pena máxima y la defensa, la absolución

Con posturas diametralmente opuestas entre las partes, comenzó este miércoles en el Centro de Justicia Penal el juicio oral por la muerte violenta de Sofía Noriega, una travesti que hace casi tres años recibió un puntazo fatal en manos de Brandon Cabral (26), un varón trans que desde entonces está detenido en prisión preventiva en la cárcel de mujeres.

Para la acusación, se trató de un homicidio doloso calificado por el vínculo y por ello solicitó al tribunal una pena de prisión perpetua. Por otro lado, la defensa sostiene que Brandon, que hasta poco antes del caso conservaba su nombre original, Talia, se defendió de una agresión sexual. Y por eso pidió la absolución por legítima defensa.

El caso tuvo como escenario la vivienda de Batlle y Ordóñez al 200, en la zona sur, la casa del padre de Noriega. Brandon Cabral, nacido en 1996 como Talía Natalia, era el invitado. 

El 21 de octubre de 2021 “luego de una discusión, utilizando un elemento cortopunzante Brandon le asestó una puñalada en el tórax a Noriega, causando su fallecimiento por taponamiento cardíaco y shock hipovolémico por hemorragia de tórax”, señaló el fiscal Adrián Spelta.

Previo a solicitar la pena máxima, el acusador afirmó que “todo aconteció en el marco de un contexto de violencia física extendido y perpetuado en el tiempo, por lo menos durante el plazo de un año, durante el cual se extendió la relación de pareja”.

Pero la historia tiene otras versiones que se dirimirán en un complejo litigio atravesado por nociones de la ley nacional de identidad de género promulgada en 2012. Y también biológicas. Para la defensa, Talia y Sofía no eran pareja, sino que mantenían una difícil relación de amistad. El penalista Guillermo Chiesa fue categórico ante los jueces Valeria Pedrana, Nicolás Vico Gimena y Silvia Castelli.

“Talia y Noriega eran amigos celosos y con un vínculo muy inestable de celos mutuos. Noriega quería tener un hijo con Talia, quien ya tiene dos con distintos padres y no quería otro. El día del hecho –dijo el defensor– “Talia se defendió legítimamente de un ataque sexual por parte de Noriega, quien insistía en tener relaciones”. En ese marco, mostró al tribunal publicaciones de las redes sociales sobre el estatus de la relación en cuestión: “amigos”.

En su alegato el penalista hizo hincapié en la superioridad física de Noriega, a quien en su carácter de hombre biológico le atribuyó “una fuerza masculina tan marcada, que en una causa donde estuvo involucrada torció el brazo de un supuesto agresor travesti como él y terminó clavándole un cuchillo”.

Así, se refirió a un caso que tramitó en la Justicia hace 13 años con Noriega en calidad de acusado.

Ocurre que Noriega había estado detenido –y procesado– por algunos meses como «autor penalmente responsable del homicidio en legítima defensa» de Lola Saied, una travesti que murió el 2 de octubre de 2011 producto de una puñalada en la garganta.

El hecho tuvo lugar el 11 de abril de 2011 en la zona roja de la Plaza Libertad, durante una pelea. El caso, que tramitó en el viejo sistema penal, terminó con Noriega sobreseída.

“Obsesión”

“Cuando Noriega consumía [drogas, más precisamente cocaína] de más, la desconocía, era otra persona”, señala un testimonio que citó la defensa sobre la relación con Talia.

Chiesa aseguró que en la comunidad travesti definieron a Noriega como una “personalidad avasallante”, “celosa-violenta y obsesionada con Talia”.

“A Talia, en cambio, la califican de retraída y con una actitud de sometimiento en el vínculo con Noriega”, dijo el defensor que solicitó incorporar al debate nuevos testigos “que fueron denunciantes y víctimas de Noriega” y que surgieron recientemente.

Así las cosas, desde el abogado pidieron a los jueces la absolución por legítima defensa. Y que en caso de que los jueces acepten la calificación planteada por la fiscalía, que ponderen las “circunstancias extraordinarias de atenuación” lo que habilita que apliquen una pena de 8 a 25 años y no la pena máxima.

“Una perpetua por el estado de vulnerabilidad, temprana edad y no tener antecedentes sería muy desproporcionado y contrario al espíritu de la ley”, dijo el penalista.

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